FERIADOS INAMOVIBLES
FECHA | DIA | CONMEMORACION |
1° de Enero | Domingo | Año Nuevo |
20 y 21 de Febrero | Lunes y Martes | Carnaval |
24 de Marzo | Sábado | Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia |
2 de Abril | Lunes | Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas |
6 de Abril | Viernes | Viernes Santo |
30 de Abril | Lunes | Feriado Puente Turístico |
1° de Mayo | Martes | Día del Trabajador |
25 de Mayo | Viernes | Día de la Revolución de Mayo |
20 de Junio | Miércoles | Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano |
9 de Julio | Lunes | Día de la Independencia |
8 de Diciembre | Sábado | Inmaculada Concepción de María |
24 de Diciembre | Lunes | Feriado Puente Turístico |
25 de Diciembre | Martes | Navidad |
FERIADOS TRASLADABLES
FECHA | DIA | CONMEMORACION |
17 de Agosto (*) | Lunes 20 de Agosto | Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín |
12 de Octubre (*) | Lunes 8 de Octubre | Día del Respeto a la Diversidad Cultural |
20 de Noviembre | Lunes 26 de Noviembre | Día de la Soberanía Nacional |
Feriados Nacionales se rigen por el Decreto 1584 y 1585/2010.
DÍAS NO LABORABLES
FECHA | DIA | CONMEMORACION |
6 al 8 de Abril 12 al 14 de Abril | Viernes a Domingo Jueves a Sábado | Pascuas Judías (b) Los dos primeros días y los dos últimos días de la Pascua Judía (b)* |
5 de Abril | Jueves | Jueves Santo Festividad Cristiana |
24 de Abril | Martes | Día de acción por la tolerancia y el respeto entre los pueblos (a) |
16 de Septiembre | Domingo | Año Nuevo Judío (b)** |
25 de Septiembre | Martes | Día del Perdón (b)*** |
# sin fecha | Fiesta del Sacrificio (c) | |
# sin fecha | Año Nuevo Islámico (c) | |
# sin fecha | Culminación del Ayuno (c) |
a) Ley Nº 26.199 dictada en conmemoración del genocidio sufrido por el pueblo armenio. Los empleados y funcionarios de organismos públicos y los alumnos de origen armenio quedan autorizados a disponer libremente de los días 24 de abril de todos los años para poder asistir y participar de las actividades que se realicen en conmemoración de la tragedia que afectó a su comunidad. Se invita a los gobiernos provinciales a adherir a las disposiciones de la presente ley.
b) Sólo para habitantes que profesen la Religión Judía. Dispuesto por el Decreto 1584/2010.
*Los dos primeros días de Pesaj (Pascua) comienzan el día 6 de abril a las 18,20 horas y finaliza el 8 de abril a las 19,20 horas.
Los dos últimos días de Pesaj (Pascua) comienzan el día 12 de abril a las 18,15 horas y finaliza el 14 de abril a las 19,15 horas.
**Los dos días de Rosh Hashana (Año Nuevo) comienzan el día 16 de septiembre a las 18,15 horas y finalizan el día 18 de septiembre a las 19,15 horas.
***El día de Iom Kipur (Día del Perdón) comienza el día 25 de septiembre a las 18,30 horas y finaliza el día 26 de septiembre a las 19,30 horas.
c) Sólo para los habitantes que profesen la Religión Islámica. Dispuesto por el Decreto 1584/2010
Saludos Elsa, e agregado su Blog a Guarida de Links, lo puedes ver en favoritos.
ResponderEliminarTambien puedes enviar una descripcion de tu blog para agregarlo a mis entradas.
Qye este bien.
Atte: JC Menendez
Saludos para usted, e agregado su blog a mis faboritos.
ResponderEliminarTambien puedes enviar una Descripcion de su blog para agregarlo a mis entradas.
Atte: Jc Menendez.
Gracias JC Menéndez! Muy generoso de tu parte. Ya mismo elaboro la descripción y te la envío.
ResponderEliminarSaludos cordiales. Elsa